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Salario minimo · 2 de julio de 2026 · 5 min

Salario mínimo, convenio y salario pactado: diferencias clave

Diferencias clave entre salario mínimo interprofesional, salario de convenio colectivo y salario pactado en contrato, con ejemplos prácticos.

SalariosYASalario minimo

Es habitual escuchar estos tres términos como si fueran sinónimos, pero se refieren a conceptos distintos y entender la diferencia te ayuda a saber si tu salario es correcto, insuficiente o está por encima de los mínimos legales.

El salario mínimo interprofesional (SMI)

El SMI es la cuantía mínima que, por ley, debe percibir cualquier trabajador en España, independientemente del sector, con carácter general y salvo las particularidades de cada modalidad de contrato (por ejemplo, jornada parcial o contratos formativos, que se prorratean). Se revisa habitualmente cada año mediante Real Decreto y es un suelo legal que ningún convenio ni contrato puede rebajar. Para conocer la cuantía vigente y actualizada, consulta siempre una fuente oficial como el Ministerio de Trabajo y Economía Social, ya que esta cifra cambia con cierta frecuencia.

El salario de convenio colectivo

Por encima del SMI, cada convenio colectivo (sectorial, provincial, autonómico o de empresa) fija sus propias tablas salariales por categoría profesional. Es habitual que el salario de convenio para muchas categorías sea superior al SMI, especialmente en sectores con mayor cualificación o convenios recientemente actualizados. Ningún convenio puede fijar condiciones por debajo del SMI vigente.

El salario pactado

Es la cantidad concreta que se recoge en tu contrato de trabajo, negociada de forma individual entre la empresa y el trabajador. El salario pactado debe respetar, como mínimo, el salario de convenio aplicable a tu categoría (y, por supuesto, el SMI), pero puede ser superior si la empresa decide ofrecer una mejora voluntaria.

Jerarquía entre los tres conceptos

La relación entre estos tres niveles siempre debe cumplir este orden:

Salario pactado ≥ Salario de convenio ≥ Salario mínimo interprofesional

Si en algún caso esta jerarquía se rompe —por ejemplo, si el salario pactado es inferior al de convenio, o el de convenio inferior al SMI—, se aplica automáticamente el nivel superior que corresponda, porque los mínimos legales y de convenio no pueden rebajarse por acuerdo individual.

Ejemplo ilustrativo

Concepto Ejemplo
Salario mínimo interprofesional (SMI) Suelo legal vigente (consulta fuente oficial actualizada)
Salario de convenio para tu categoría Puede ser igual o superior al SMI, según el sector
Salario pactado en tu contrato Igual o superior al de convenio, si la empresa mejora la oferta

Por qué esta distinción importa

Conocer estos tres niveles te permite detectar irregularidades. Si tu salario pactado es igual al SMI pero tu categoría de convenio establece una cifra superior, es probable que tengas derecho a reclamar la diferencia. También te ayuda a valorar ofertas de trabajo: un salario «atractivo» en un sector con convenio poco favorable puede no ser tan bueno como un salario algo menor en un sector con un convenio sólido y con más complementos garantizados.

Cómo comprobar tu caso

  1. Localiza el convenio colectivo aplicable a tu actividad y territorio en la sección de convenios.
  2. Busca la tabla salarial correspondiente a tu categoría profesional y año en vigor.
  3. Compara esa cifra con tu salario pactado en contrato y con el SMI vigente.
  4. Si detectas que cobras por debajo del mínimo de convenio, documenta la diferencia antes de reclamar.

Preguntas frecuentes

¿El SMI incluye las pagas extra?

La cuantía del SMI suele fijarse en cómputo anual y luego se distribuye según el número de pagas, por lo que conviene revisar siempre la referencia oficial vigente y su forma de prorrateo.

¿Puede mi empresa pagarme solo el SMI si mi convenio marca más?

No. Si existe un convenio aplicable con una tabla salarial superior al SMI, ese convenio prevalece como mínimo para tu categoría.

¿Qué ocurre si no existe convenio aplicable a mi actividad?

En ausencia de convenio, se aplican las condiciones mínimas del Estatuto de los Trabajadores y el SMI vigente como suelo salarial.

En resumen

El salario mínimo interprofesional es el suelo legal, el salario de convenio es el mínimo específico de tu sector y territorio, y el salario pactado es lo que realmente figura en tu contrato, que nunca puede ser inferior a los dos anteriores. Comprueba tu convenio en la sección de convenios colectivos y contrasta siempre con fuentes oficiales actualizadas.